Ya no es obligatorio uso de la fuerza pública para ejecutar embargos en RD


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SANTO DOMINGO. .El Tribunal Constitucional (TC) invalidó una resolución de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) que obliga el uso de la fuerza pública para la ejecución de las sentencias que ordenen embargos, desalojos, expulsiones de lugares y otros actos análogos, según reporta este sábado la prensa matutina.

En este sentido, los jueces del Constitucional acogieron a unanimidad un recurso de revisión constitucional interpuesto por la Asociación Dominicana de Alguaciles contra la resolución 17/2015 del Consejo del Poder Judicial y la declararon no conforme con la Carta Magna, dice el periódico Diario Libre.
“En cuanto al fondo, acoger la presente acción de inconstitucionalidad y declarar no conforme con la Constitución de la República la Resolución núm. 17/2015, la cual establece la obligatoriedad de la fuerza pública para la ejecución de las sentencias que ordenen embargos, desalojos, expulsiones de lugares y otros actos análogos por contravenir los artículos 40.15, 151 y 170 de la Constitución de la República”, refiere el dispositivo de la sentencia del TC.
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