Colegio de Abogados califica como burla sentencia en caso de Emely Peguero

imagenSANTO DOMINGO.- El Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) calificó de “burla” la sentencia de solo cinco de prisión que dictó el Segundo Tribunal Colegiado de la Provincia Duarte contra a Marlin Martínez por su implicación en el asesinato de la adolescente embarazada Emely Peguero.

Miguel Surun Hernandez, presidente del gremio, manifestó que “con este fallo los jueces de ese tribunal obviaron el tipo penal de complicidad contemplado en los artículos 59, 60, 61 y 62 del Código Penal Dominicano (CPD), a pesar de que todas las pruebas del caso evidenciaron la complicidad de Martínez”.
Explicó que el artículo 59 del CPD indica que “A los cómplices de un crimen o de un delito se les impondrá la pena inmediatamente inferior a la que corresponda a los autores de este crimen o delito, salvo los casos en que la ley otra cosa disponga”, razón por la cual a Martínez se le debió de imponer una pena inferior a la de su hijo Marlon, condenado a 30 años por homicidio involuntario.
Agregó que el Artículo 60 del CPD indica que “se castigarán como cómplices de una acción calificada (sic) crimen o delito aquellos que por dádivas, promesas, amenazas, abuso de poder o de autoridad, maquinaciones o tramas culpables, provocaren esa acción o dieren instrucción para cometerla; aquellos que, a sabiendas, proporcionaren armas o instrumentos, o facilitaren los medios que hubieren servido para ejecutar la acción; aquellos que, a sabiendas, hubieren ayudado o asistido al autor o autores de la acción, en aquellos hechos que prepararon o facilitaron su realización, o en aquellos que la consumaron, sin perjuicio de las penas que especialmente se establecen en el presente Código, contra los autores de tramas o provocaciones atentatorias a la seguridad interior o exterior del Estado, aún en el caso en que no se hubiere cometido el crimen que se proponían ejecutar los conspiradores o provocadores”.
“Mientras que el Articulo 61 dice que ‘aquellos que, conociendo la conducta criminal de los malhechores que se ejercitan en salteamientos o violencia contra la seguridad del Estado, la paz pública, las personas o las propiedades, les suministren habitualmente alojamiento, escondite o lugar de reunión, serán castigados como sus cómplices’, y todos sabemos que Marlin Martínez protegió a su hijo hasta el final y oculto evidencias”, expresó.
Agregó que “el Artículo 62 del CPD indica que se considerarán también como cómplices y castigados como tales, aquellos que, a sabiendas, hubieren ocultado en su totalidad o en parte, cosas robadas, hurtadas, sustraídas o adquiridas por medio de crimen o delito, lo que comprueba uma vez más que Marlin Martínez fue complice en este caso y debe de ser condenada como tal.
Diferencias por Caso de Marlon Martínez
De otro lado, el CARD apoyó la condena de 30 años de prisión en contra del homicida Marlon Martínez, hallado culpable de cometer aborto, homicidio voluntario y actos de barbarie.
Sin embargo, Surun Hernandez, dijo que está en desacuerdo con el tipo penal de homicidio involuntario, porque las pruebas determinaron que la principal causa de muerte de Peguero fue un golpe contuzo en el craneo, que provocó una fuerte hemorragia interna y externa, lo que indica que esto fue un acto voluntario, por lo que el tipo penal debió de ser asesinato o homicidio voluntario.
“El Colegio de Abogados de la República Dominicana externa su preocupacion por la desicion adoptada por los jueces del Segundo Tribunal Colegiado de la Provincia Duarte que no corresponde con la gravedad de los hechos cometidos”, indicó.
Lamentó que personas involucradas en hechos graves se salgan con la suya, con desiciones que mas que sanciones, constituyen a una verdadera burla a nuestro sistema de justicia y a la sociedad dominicana.
“Hacemos un llamado a la reflexión, todos nos sentimos consternados ante esta sentencia que, en modo alguno, genera sensación de justicia, sino todo lo contrario, la importencia de los desamparados”, expresó.
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